Laboral

Despidos / Fraude laboral /Trabajo en negro 

Día a día los trabajadores sufren atropellos por parte de sus empleadores sin poder defender sus derechos. Nuestro objetivo es brindarles esa protección que las leyes determinan obteniendo la indemnización máxima posible.

Por ello, te ofrecemos asesoramiento en las siguientes situaciones:

  • Despidos: si te despidieron y no te pagaron la indemnización o te pagaron parcialmente lo que te corresponde, tenes derecho a iniciar un reclamo para cobrar la totalidad de la indemnización que por ley te corresponde. Tené en cuenta que el despido tiene que ser por un medio fehaciente y que el despido verbal no existe.
  • Fraude laboral: si estás registrado pero por una cantidad de horas menor a las que realmente trabajas, si tu categoría laboral no es la correcta y por ello percibís un salario inferior al que te corresponde o si no te pagan las horas extras o te las pagan en negro, tu empleador está cometiendo un fraude laboral y tenés derecho a reclamar.
  • Trabajo en negro: si tu empleador no registro la relación laboral que los une, tenes derecho a intimarlo a que lo realice o recibir la indemnización correspondiente.

Nuestros honorarios están directamente vinculados con el resultado obtenido, por lo que COBRAMOS SI VOS COBRÁS!

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Accidentes / Enfermedades laborales 

(CONSULTA LABORAL SIN CARGO)

Cuando un trabajador sufre un accidente durante su jornada laboral o en el trayecto desde su casa al trabajo o desde el trabajo a su casa (denominado accidente in-itinere) tiene derecho a recibir prestaciones médicas por parte de la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) contratada por su empleador.

Esas mismas prestaciones médicas debe recibir el trabajador si sufre un enfermedad vinculada directamente al tipo de tareas laborales que realiza.

Si producto del accidente / enfermedad laboral al trabajador le quedo algún tipo de incapacidad física, tiene derecho a recibir por parte de la ART una prestación dineraria.

Para ello, tiene que realizar el reclamo administrativo correspondiente ante la Comisión Médica dependiente de la SRT que le corresponda en función de su domicilio o del lugar donde desarrolla su actividad.

Es obligatorio realizar el reclamo con patrocinio letrado, por ello es fundamental con asesorarse con un abogado de confianza quien va a defender sus derechos mejor que nadie.

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